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04 Abr 2022
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Detrás de cada palabra hay un rastro lingüístico que puede delatarte

Sheila Queralt

Perito en lingüística forense. Con mis análisis científicos de la lengua contribuyo a cazar delincuentes.

Todo detenido tiene derecho a comunicarse en su lengua nativa

La semana pasada se hacía público el caso de un inmigrante haitiano en São Paulo fue detenido y apresado durante 16 meses, acusado del asesinato de su mujer.

El haitiano había sido detenido tras la denuncia de un familiar que hablaba portugués y que le acusó directamente de ser el autor material del asesinato. El haitiano no hablaba portugués y no tuvo la posibilidad de explicarse en su idioma nativo hasta el momento del juicio. Hasta entonces, únicamente se le habían asignado intérpretes de francés, uno de los idiomas que se hablan en Haití, pero resultaron intentos fallidos de mejorar la comunicación con el detenido, puesto que siguió siendo defectuosa. Algunos intérpretes indicaron incluso que no tenían la formación necesaria para el encargo. Finalmente, al constatar las dificultades comunicativas y las carencias que ello representaba para su defensa, los defensores públicos a cargo del caso buscaron un intérprete de su idioma nativo, y encontraron a Bruno Silva Pinta, un traductor que habla criollo haitiano con fluidez. Fue entonces cuando, gracias al trabajo de este intérprete brasileño, el imputado pudo defenderse y narrar los hechos desde su perspectiva.

En ese momento se pudo conocer la versión del acusado, quien explicó que la mujer había muerto mientras intentaba protegerlo durante un asalto. Esta narración de los hechos cuadraba con las distintas pruebas aportadas por la defensa y fue clave para que el jurado lo declarara inocente. Después de conocerse su versión, el caso dio un vuelco, puesto que fue el familiar que lo había denunciado quien finalmente resultó ser el asesino.

En este caso, tuvo que ser el defensor público quien se preocupara de velar por el derecho que tienen todos los investigados de contar con la presencia de un traductor o intérprete, tal y como indica la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el Artículo 8, aunque es cierto que en este caso el detenido tuvo que esperar hasta 1 año y 4 meses después de entrar en prisión para que se garantizase el ejercicio de su derecho. En España, en el Artículo 123 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal también se establece que el acusado o imputado tiene derecho a contar con la asistencia de un intérprete que emplee una lengua que él comprenda en todas la actuaciones, es decir, desde la entrevista policial al juicio oral, incluyendo las conversaciones con su abogado y la traducción de toda la documentación relevante asociada al procedimiento. Todo ello sufragado por la Administración.

Solo podemos asegurar que los implicados en los procesos judiciales comprenden lo que está pasando y cómo les afecta si garantizamos que la comunicación que se establece entre las distintas partes es de calidad. La comunicación es clave para llegar a la verdad y para el ejercicio de la justicia.