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Gonzalo Martínez-Fresneda

19 Dic 2018
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El abogado, traductor simultáneo

A pesar de que artes como la oratoria y la retórica se han forjado históricamente en tribunas judiciales, por la necesidad de hablar con elocuencia dando al lenguaje eficacia bastante para persuadir, actualmente esas artes han decaído en sus diversas manifestaciones, ante los tribunales y fuera de ellos. Se ha olvidado, como dice Nicola Gardini, que hablar bien es una filosofía; es una práctica de justicia y una creación de felicidad.

En la administración de justicia, el lenguaje opera desde dos polos opuestos. Para el ciudadano es el medio de comunicar su petición de amparo o de clemencia. Pero desde el tribunal se le opone una lengua esotérica que se justifica a sí misma por su capacidad de imponerse. Las armas no son iguales: comunicación frente a poder. Para quien se presenta ante el juez, la prioridad es la capacidad de convencer de sus palabras, para lo cual debe ser capaz de decir las precisas y de la manera adecuada. Deberá seguir el consejo del gran maestro de la oratoria, Cicerón: oratio… lumen adhibere rebus debet, la lengua debe aplicar la luz a las cosas. Pero para el juzgador, la prioridad es la vigencia de la ley como garantía del orden social, nos dice François Sureau, quien añade que el derecho no apunta a lo bello ni tampoco al bien.

De esa confrontación entre comunicación y orden surge la figura intermediaria del abogado, cuya función sería la del traductor simultáneo de ambos idiomas. Pero su papel como intérprete es de una neutralidad imposible, viéndose inclinado profesionalmente hacia el lenguaje curial. Su intento quimérico de conciliar ambos discursos, el del derecho y el del hecho, puede fabricar una jerga monstruosa. Desde siempre el habla leguleya llega a producir efectos ridículos, como nos muestran los clásicos (Aristófanes, Racine). En nuestros tiempos, cada vez más, el discurso forense se desarrolla en términos de oscuridad y aridez, que le hacen tan inane como conviene al poder. El abogado Antonio Hernández Gil, uno de los padres de la transición democrática (presidió las Cortes y el Tribunal Supremo), en su libro El Abogado y el Razonamiento Jurídico (1975) reconocía que «la retórica, la oratoria y la elocuencia han declinado en sus diversas manifestaciones». Y citaba a Melchor Fernández Almagro, quien opinaba con gracia que el orador forense ha desaparecido porque ha pasado a ser un asesor de empresas económicas. Pero la razón es menos circunstancial. El problema es que la distancia entre la lengua vulgar y la de los tribunales ha ido haciéndose tan grande que cualquier intento de combinarlas produce un dialecto muy alejado de la claridad.

En realidad, después de Cicerón, la literatura de discursos forenses no ha producido grandes obras. Y estas solo surgen cuando el alegato se aparta de los razonamientos jurídicos y se acerca a los de contenido político; por ejemplo, los discursos ante la Convención en el juicio a Luis XVI. En todo el Siglo de Oro español, la figura del abogado solo aparece en el repertorio secundario de personajes de la literatura picaresca. En nuestros días, cuando toda la actualidad informativa pasa por los tribunales, sorprende la inexistencia de referencias a discursos judiciales destacables por su belleza, su razón o su elocuencia. El debate público es brusco: solo entre culpabilidad o inocencia. Interesa la acusación, no el discurso. En la justicia penal, cuando el espectáculo dejó de ser la ejecución del condenado, para centrarse en el desarrollo de los debates del juicio, ello se vivió como una conquista democrática y civilizada. Hoy el interés se centra en el momento de la imputación, convertida en una especie de ejecución anticipada. Ese juicio instantáneo no deja ningún espacio para la retórica.

 

Este artículo de Gonzalo Martínez-Fresneda es uno de los contenidos del número 1 de la publicación trimestral impresa Archiletras / Revista de Lengua y Letras, disponible en quioscos y librerías.
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