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12 Nov 2018
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Un toque de atención sobre desviaciones normativas, cambios lingüísticos, expresiones de moda y nuestra capacidad de acogida de palabras procedentes de otras lenguas.

Mª Ángeles Sastre

Profesora de Lengua Española en la Universidad de Valladolid. Me llama la atención cómo habla la gente, cómo escribe, cómo dice sin decir, cómo maquilla lo que dice, cómo transgrede con el lenguaje, cómo nos dejamos engañar por los políticos. Leo la letra pequeña en la publicidad y los periódicos de pe a pa. Y encuentro de todo.

¿Pueden los bancos ‘repercutir’ un impuesto a sus clientes?

El pasado 8 de noviembre el Gobierno aprobó un real decreto para que, a partir de entonces, sean los bancos y no los clientes quienes paguen el impuesto que grava la firma de hipotecas.

Las reacciones no se han hecho esperar, pero a mí me interesan algunos comentarios. Por ejemplo, en opinión de la agencia de calificación de riesgo Moody’s, «los bancos repercutirán a sus clientes el coste del impuesto». Leo que «los nuevos hipotecados no ahorrarán nada porque los bancos repercutirán el impuesto a las comisiones de las hipotecas» y que el presidente del Gobierno, «preguntado sobre si los bancos repercutirán el impuesto a los clientes», responde que espera que no. Políticos de la oposición advierten «de que los bancos repercutirán los impuestos a sus clientes». Y oí en el telediario que «los expertos dan por hecho que al final las entidades lo repercutirán a sus clientes».

Repercutir en los ejemplos anteriores es ‘hacer que un impuesto, un coste, etc., recaiga o tenga efecto sobre otra persona distinta de la que lo paga inicialmente’. El diccionario académico añadió este significado en la 23.ª edición (2014), indicando previamente que funciona como verbo transitivo; por lo tanto, con este significado sí se puede repercutir un impuesto a alguien. Pero me pregunto si alguien puede repercutir algo en algo. El Diccionario panhispánico de dudas (2005) me saca de dudas cuando dice que «en el lenguaje económico se usa también como transitivo, con el sentido de ‘hacer que algo, especialmente un impuesto o gasto, recaiga o tenga efecto en otra cosa o persona». Así que los bancos también podrán repercutir el impuesto a las comisiones de las hipotecas.

No sé si la aprobación de este real decreto repercutirá o no en ustedes, pero les advierto de que este es otro significado del verbo repercutir, esta vez como intransitivo: ‘influir o tener efecto una cosa sobre alguien o sobre algo’. Si es el caso, no digan que la decisión del Tribunal Supremo les repercute a ustedes o a su economía, sino que repercute en ustedes o en su economía.