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20 Abr 2020
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Detrás de cada palabra hay un rastro lingüístico que puede delatarte

Sheila Queralt

Perito en lingüística forense. Con mis análisis científicos de la lengua contribuyo a cazar delincuentes.

Las palabras como delito de injurias

No deja de sorprenderme que estos días sea necesario recordar que colgar anónimos en el ascensor o en el portal de casa contra sanitarios, cajeros, repartidores, limpiadores u otros colectivos expuestos a la COVID-19 puede ser constitutivo de un delito de injurias, de un delito de coacciones e, incluso, de amenazas. 

Los lingüistas forenses analizamos este tipo de anónimos para asesorar a los agentes judiciales sobre su contenido. Un análisis lingüístico, así como la insistencia con la que se cuelguen esos anónimos, puede ser clave para determinar el tipo de delito imputable. 

En concreto, para casos en que se haya podido cometer un delito de injurias, se analizan los distintos actos de habla que aparecen en el anónimo. De interés especial en estos casos será observar las estrategias lingüísticas que amenacen la imagen positiva del destinatario, como los insultos. Por ejemplo, en el caso de la profesional sanitaria que se encontró su coche pintado con el insulto «rata contagiosa», eso podría constituir un delito de injurias. 

Cierto es que nuestra libertad de expresión es un derecho fundamental que recoge la Constitución española en su artículo 20 y que debemos poder dar nuestra opinión libremente. No obstante, eso no quita que no haya libertad sin obligaciones y que en ningún caso la libertad de expresión debería servir para vulnerar los derechos de los demás. ¿Te suena aquello de «Tu libertad termina donde empieza la mía»

Si cruzas la línea, tu derecho puede transformarse en un delito regulado por el Código Penal. Ten cuidado, porque un insulto puede costarte una multa de seis a doce meses e incluso prisión de seis a dos años.