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11 Oct 2018
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Miscelánea de los desvíos de la norma que, por descuido o por ignorancia, cometen los periodistas. Los aciertos no están aquí pero son muchos más.

Alberto Gómez Font

Lingüista, miembro de la Academia Norteamericana de la Lengua Española, ex director del Instituto Cervantes de Rabat y ex coordinador de la Fundéu.

Abolir, palabra castigada

Estuvo (y para muchos hablantes aún lo está) castigado, arrinconado, condenado a pertenecer a un grupo de verbos con el estigma de «defectivos», esos que según la norma del español correcto solo pueden conjugarse en algunas formas y no en todas, es decir, no tienen una conjugación completa.

En el caso de abolir nos decían que solo podía conjugarse en las formas que contuvieran la letra i, o sea que ni yo, ni tú ni él podíamos abolir nada, pues abolo, aboles y abole no tienen esa letra. Y lo mismo con muchas, casi todas, las formas de su conjugación.

Mas hete aquí que llegó el 2005 y con él la conversión de muchos errores sin más en errores correctos, y eso ocurrió de sopetón,  con la publicación del Diccionario panhispánico de dudas (DPD), de la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE), donde dan esta explicación sobre abolir:

«Aunque tradicionalmente se ha considerado verbo defectivo, ya que solían usarse solo las formas cuya desinencia empieza por i, hoy se documentan, y se consideran válidas, el resto de las formas de la conjugación: “Se abole la pena de muerte”, “Los nuevos poderes abolen la soledad por decreto”. Como se ve en los ejemplos, es verbo regular: abolo, aboles, etc., y no abuelo, abueles, etc.»