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27 Ago 2019
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Ciencias sociales

Peleas en el Registro: ni Cariño ni Lluvia de Abril

Noelia López

Si elegir el nombre de un bebé se antoja para muchas parejas una tarea complicada, no son pocas las que después se enfrentan a la negativa del Registro Civil a inscribirlo con el nombre acordado

Una niña no puede llamarse «Lluvia de Abril» y June seguirá siendo June por mucho que sus padres insistan en que quieren que su hija sea inscrita como Iune, que es el nombre de un ciclón tropical y de la gran señora del más allá.

Si elegir el nombre de un bebé se antoja para muchas parejas una tarea complicada, no son pocas las que después se enfrentan a la negativa del Registro Civil a inscribirlo con el nombre acordado. Y tampoco faltan los progenitores que, pasado el tiempo, se arrepienten de su elección; o los adultos que se pelean con la administración para enmendar a sus padres.

Como recuerda el Ministerio de Justicia, hoy en día casi todos los nombres son posibles, siempre que no se perjudique objetivamente a la persona y que no se haga confusa su identificación -un apellido convertido en nombre o un nombre que induzca a error sobre el sexo, por ejemplo-.

No pueden imponerse más de dos nombres simples o uno compuesto y no puede atribuirse a un hermano el nombre de otro hermano vivo.

Las reglas parecen claras, pero la casuística es infinita y hasta la Dirección General de los Registros y del Notariado llegan cada año las peleas irresueltas en los registros civiles, como recogen los últimos boletines del Ministerio de Justicia.

La Euskaltzaindia manda

Los padres de June, nacida en Vitoria en 2011, volvieron al Registro en 2015 para reclamar que fuera inscrita como Iune. Se les había negado en su día, pero habían encontrado al menos dos mujeres que se llamaban así, aportaban un artículo de Wikipedia con nombres de ciclones tropicales e información de Google sobre el origen de la palabra.

Pero la jueza del Registro rechazó su propuesta porque Iune contraviene las reglas ortográficas fijadas por Euskaltzaindia, la academia de la lengua vasca. De nada sirvió tampoco que la madre interpusiera recurso alegando que no quería poner a su hija un nombre vasco, sino hawaiano y aportando como prueba la entrada de «iune» en el diccionario hawaiano-español.

Para cambiar un nombre, sostiene la Dirección General de los Registros, se necesita una «justa causa». Se puede hacer, por ejemplo, cuando se demuestra que habitualmente se usa un nombre distinto del que consta en el Registro o para traducir un nombre extranjero o adaptarlo a las lenguas oficiales del país, pero no para una modificación «insignificante», como Esther por Ester.

Transexualidad, una causa justa

En octubre de 2018, una instrucción de la Dirección General de los Registros intentó acabar con los obstáculos a los que se enfrentaban las personas transexuales al intentar cambiar de nombre cuando aún no se había modificado su sexo registral.

Fue una instrucción con la que por vez primera se «despatologizaba» la identidad trans y, según explica en su página web la Asociación de Familias de Menores Transexuales, se debe permitir el cambio de nombre sin presentar informes médicos o de salud mental para facilitar el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Lo que no se puede es inducir a error en el sexo y, en opinión del registro de Mataró, Ari no era aceptable porque puede ser el diminutivo tanto de Ariel como de Ariadna.

Con esa respuesta se encontró una pareja que quiso inscribir a su hijo con lo que sostenían que era un nombre nórdico que significa «águila», o «visible y claro» en maorí.

En su recurso recordaron también a Ari Vatanen, un conocido piloto finlandés de ralis de los ochenta y noventa, y la Dirección General de Registros acabó dándoles la razón: los nombres que inducen a error son los que designan inequívocamente al sexo opuesto al del bebé, como Julio para mujer o Julia para hombre, pero Ari no se percibe como genuinamente femenino.

Caprichos, no

«El Registro Civil no puede estar al albur de una injustificada y variable voluntad de los ciudadanos«. De forma tajante se respondió a Aleix cuando quiso cambiar su nombre por Aleix-Marc, el que aseguraba que usaba habitualmente.

El problema es que el joven había pedido -y conseguido- dos años antes librarse del «Marc» con el que había sido inscrito al nacer. Para identificar e individualizar a las personas, le explicó la Dirección General, se recurre al nombre y el apellido, que no pueden quedar en manos de la voluntad de los particulares.

Tampoco tuvieron éxito los padres de Álex. Habían adoptado a un niño nacido en Rusia llamado Alexandr y lo inscribieron en el registro de Mahón como Álex, pero fracasaron cuando años después intentaron cambiarlo por Aleks.

Cambiar de nombre con cuatro años

Con otra negativa se respondió a unos padres que inscribieron a su hijo como Pablo y aparecieron cuatro años después en el registro de Zaragoza para cambiar el nombre por el de «Noa», alegando que es «el que utiliza habitualmente y por el que se identifica» el niño.

La dirección general recordó que los progenitores tienen amplia libertad para elegir el nombre que desean para sus hijos, pero que para cambiarlo se necesita la citada «justa causa», no apreciable en el caso de un niño de tan corta edad. El consejo: que lo intenten de nuevo cuando el interesado tenga «edad de juicio suficiente» para prestar su consentimiento.

Petición aceptada

«Me pusieron el nombre de mi abuela, María de los Desamparados, pero nadie me llamó nunca así y era un problema porque no cabía en muchos formularios», explica Amparo. Con 25 años acudió al registro de Teruel, con dos amigas como testigos y la documentación que pudo reunir, como el carné de la biblioteca.

Logró sin mayores problemas que «Amparo» quedara como su verdadero nombre en una nota marginal con la que fue cambiando después toda sus documentos.

Alguna dificultad más tuvo Amaya en el registro de Santander. Ahí explicó que, si bien su madre eligió para ella el nombre de Amalia en recuerdo de su abuela, desde el primer momento la llamó Amaya, nombre que había usado toda su vida sin problemas.

Por circunstancias laborales pedía el cambio oficialmente, pero la encargada del Registro no lo vio suficientemente acreditado. Pertrechada con toda la documentación que encontró a nombre de Amaya, desde su correos electrónicos y tarjetas de visita hasta una citación judicial como testigo, consiguió el cambio tras recurrir.

B. (su nombre no aparece en la resolución), sin embargo, no tuvo éxito al sostener sin suficientes pruebas ante el Registro de Valencia que todo el mundo le llamaba Cariño.

«Es posible que la solicitante sea conocida en su ámbito social o de modo familiar como ‘Cariño’, pero la autorización de ese apodo como nombre oficial de la interesada podría generar dudas en el uso y hacer que se resienta la función de identificación propia del nombre», reza la resolución a su recurso.

Lluvia de abril

Los progenitores aseguraron que era un nombre muy meditado, durante meses, y destacaron que no era ofensivo y perjudicial para la niña, ya que el «bullying» no está asociado a nombres poco usados y lo sufren también los Enriques, Manolos o Marías.

Pero el Registro de Ponferrada solo les dejó llamarla Lluvia y tampoco prosperó su recurso: dos nombres simples se deben unir con un guion, Abril es también un apellido y la partícula «de» es parte integrante de algunos apellidos españoles, por lo que el nombre propuesto hacía confusa la identificación de la persona.